Delitos tecnológicos y marco jurídico (I)

Seguridad_MarcoJuridicoHabida cuenta de la extensa normativa que regula los delitos tecnológicos trataré de sintetizar al máximo, sin desvirtuar el sentido y finalidad para el que la norma fue aprobada. ¿Cuál es la normativa que configura dicho marco jurídico? La normativa de mayor rango:

1.- La Constitución española de 1978 en su Título I. ”De los derechos y deberes fundamentales “, Capítulo segundo “Derechos y libertades “Sección 1. Artículos 18.3-4:

Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. En lo relativo a los hechos juzgados en la jurisdicción Civil, por tanto, cuya condena conlleva obligación indemnizar económicamente al perjudicado a tener en cuenta especialmente.

2.-Ley Orgánica 1/1982, del 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.Capítulo II. Articulo 7:

Se consideran actos vulneradores del honor intimidad y propia imagen, entre otros

  1. Grabar o reproducir la vida íntima de las personas.
  2. La utilización de aparatos de escucha, para el conocimiento de la vida íntima de las personas o de manifestaciones…
  3. La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre,

Los supuestos Penalmente tipificados como delito, y cuya resolución condenatoria, conlleva, por tanto, Pena Privativa Libertad para el condenado se regulan en:

3.-Ley Orgánica 10/95, del 23 de noviembre, del Código Penal

Nos centraremos en la enumeración de delitos tecnológicos que esta norma recoge, siempre tratando de priorizar los comportamientos que son más duramente castigados por la Normativa Reguladora y la Legislación vigente. Especial relevancia tiene la desaparición de la figura de la falta, en la actual todos estos tipos son constitutivos de delito.

En los sucesivos post, desarrollamos por tanto la Legislación Penal por orden cronológico decreciente del articulado de la norma.

Ricardo Martin
Acerca de
Master en ejercio de la abogacia en DeustoTech
Expertise: Registro de software